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POLITICA

10 - Apr -2023 - 17:18

LA JUSTICIA RECHAZÓ EL AMPARO PRESENTADO POR GRACIELA OCAÑA PARA FRENAR EL CANJE DE BONOS

LA JUSTICIA RECHAZÓ EL AMPARO PRESENTADO POR GRACIELA OCAÑA PARA FRENAR EL CANJE DE BONOS

María Vázquez Falcó
mariafalco.bsas@gmail.com

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El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 rechazó en las últimas horas de hoy lunes un recurso de amparo que había sido solicitado por la diputada de Juntos por el Cambio Graciela Ocaña para suspender el canje de bonos dispuesto por el Gobierno. El fallo deslegitimó la potestad de un legislador para interrumpir este tipo de medidas tomadas por el Poder Ejecutivo. La diputada había realizado la acción judicial para pedir que se declare inconstitucional el decreto que establece el canje de bonos de dólares de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). "Creemos que hay una malversación de caudales públicos, incumpliendo claramente los deberes de funcionarios públicos y una administración fraudulenta. Esperemos que la Justicia avance en tiempo reales", había dicho la legisladora en marzo del 2023. En aquella oportunidad Ocaña agregó: "el fondo de garantía constitucional viola la Constitución, el derecho a propiedad de jubilados y las garantías de control que existen para que las inversiones. nos presentaremos en la Justicia con un amparo para evitar esta gran estafa a todos los argentinos por parte del Ministro Massa. Si queres acompañarnos en la petición, sumate con tu firma #ConLosJubiladosNO". Los magistrados destacaron que "Diputadas y Diputados de la Nación entendiendo que la mencionada calidad parlamentaria no les legitima para actuar en resguardo de la división de poderes". Para la justicia "es indudable que las diputadas y los diputados demandantes no lo representan en juicio". También rechaz la legitimación de los jubilados y jubiladas entendiendo que este carácter "no confiere legitimación suficiente para ocurrir a la jurisdicción, pues la invocación de tal condición sin la demostración de un perjuicio concreto, es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma"; y resaltaron en el fallo que "en la medida que la actora no demuestra la existencia de un interés concreto, inmediato y sustancial propio, corresponde rechazar in límine la acción intentada. No basta cualquier interés, sino que se torna indispensable un interés calificado". El Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda, días atrás, había defendido el canje de bonos propuesto por el ministro de Economía, Sergio Massa. Según el documento, el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses no se vería descapitalizado por esta operación. El tipo de bonos (dual) tiene "la ventaja de ser menos volátiles que los bonos en dólares, dándole una mayor estabilidad al capital del fondo, afianzando uno de los principios del FGS". Teniendo en cuenta esto, el FGS "no sufriría una descapitalización con la implementación de la medida", remarcó el documento. A su vez, en el decreto se establece que la operación de venta de bonos de legislación local (AL) se deberá hacer mediante subastas, lo que permite licitar los bonos sin tener que liquidarlos a precio de mercado (hoy deprimido). Además, a partir de la venta de los bonos de legislación local (AR) "el FGS obtendría liquidez por aproximadamente $ 400.000 millones que podrá destinar a créditos para beneficiarios del sistema previsional y/o al financiamiento de nuevos proyectos productivos", destacó la Undav.


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