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ECONOMÍA

16 - May -2023 - 13:08

AFIP EXTENDIÓ Y DUPLICÓ EL REINTEGRO DEL 15% EN LAS COMPRAS CON TARJETAS DE DÉBITO DESTINADO A SECTORES VULNERABLES

AFIP EXTENDIÓ Y DUPLICÓ EL REINTEGRO DEL 15% EN LAS COMPRAS CON TARJETAS DE DÉBITO DESTINADO A SECTORES VULNERABLES

La Rueda


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A través de una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno extendió por seis meses -hasta fin de año- el reintegro del porcentaje de 15% de las compras realizadas con tarjetas de débito para los sectores vulnerables y también duplicó el monto máximo de devolución. El reintegro a sectores vulnerables por consumos realizados con tarjeta de débito tenía fecha de vencimiento en junio próximo, pero por la decisión de la la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estará vigente hasta diciembre 2023. La Resolución General 5360 duplicó los montos máximos de los reintegros de $2.028 a $4.056 por mes por titular, y de $4.057 a $8.114 en el caso de percibir dos o más asignaciones, como es el caso de los beneficiarios de AUH de más de un hijo/a. La medida de reintegro fue implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda. Dichos reintegros alcanzan a los/as beneficiarios/as de: jubilación mínima, pensión mínima por fallecimiento, pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos/as, etc.), titulares de la asignación universal por hijo/a (AUH), titulares de la asignación universal por embarazo (AUE). La medida también alcanza a titulares de asignaciones universales por hijo/a (AUH), por hijo/a con discapacidad o embarazo (AUE). El reintegro comprende a un 15% del valor de compra, y es válido para los consumos en farmacias, comercios (incluyendo supermercados, minimercados, hipermercados almacenes y kioscos) y mayoristas. Para acceder al reintegro, los consumos deben ser realizados con la tarjeta de débito asociada donde se cobra la prestación. Los productos alcanzados son los alimenticios (supermercados y kioscos), productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería. Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática en la cuenta dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 horas de cada jornada. También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR). La AFIP fundamentó la extensión del beneficio en los considerandos de la resolución y expresó que "el régimen ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago, por lo que se estima oportuno mantener su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive. Asimismo, en el actual contexto, se considera necesario aumentar los topes de reintegros previsto en la normativa mencionada". El beneficio no es válido para los jubilados/as que cobran por encima del haber mínimo, así como tampoco para los/as trabajadores/as autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios).


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