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POLITICA

01 - Jun -2023 - 7:33

1 DE JUNIO: ENTRAN EN VIGENCIA NUEVOS BENEFICIOS PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES EN CASAS PARTICULARES

1 DE JUNIO: ENTRAN EN VIGENCIA NUEVOS BENEFICIOS PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES EN CASAS PARTICULARES

La Rueda


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A partir de hoy, 1 de junio, entra en vigencia una nueva norma que otorgará beneficios adicionales a trabajadoras/es en casas particulares. Según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 90/2023 publicado en el Boletín Oficial, aquellas trabajadoras/es en casas particulares que tengan aportes inferiores a las 16 horas semanales podrán acceder a beneficios como la jubilación, la cobertura por invalidez y la cobertura por fallecimiento sin necesidad de realizar aportes adicionales. Esta medida, que fue establecida en febrero pasado, representa un cambio significativo para el personal de casas particulares registrado, que hasta ahora debía cumplir con ciertos requisitos para acceder a la cobertura previsional. Además, para aquellas/os trabajadoras/es que hayan desempeñado períodos con menos de 16 horas semanales, se les reconocerá ese tiempo como meses o años de servicio, lo cual les permitirá completar los 30 años requeridos para obtener el beneficio jubilatorio. Sin embargo, se descontará la diferencia entre el aporte ingresado y el aporte total del haber previsional. La medida beneficia inicialmente a alrededor de 165.000 trabajadores y trabajadoras y busca brindar una "moratoria" para quienes no cuentan con aportes suficientes para acceder a la cobertura efectiva previsional. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), en Argentina existen alrededor de 1.700.000 trabajadores/as de casas particulares, de los cuales aproximadamente 500.000 están registrados/as ante la Seguridad Social. También entra en vigencia, la cobertura por despidos sin causa. El personal de casas particulares tendrá derecho a cobrar la prestación por desempleo en las mismas condiciones que el resto de los asalariados y asalariadas. Las mismas varían dependiendo del salario que se haya percibido, con un componente máximo de $40.733,88 y uno mínimo de $24.440,33. Dichos valores se actualizan con el Salario Mínimo, Vital y Móvil y durante su cobro se mantendrá la cobertura de la obra social y el pago de asignaciones familiares.


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