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ECONOMÍA

18 - Dec -2023 - 14:28

CAPUTO Y LA VUELTA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. ¿Quiénes deberán pagar si se aprueba en el Congreso?

CAPUTO Y LA VUELTA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. ¿Quiénes deberán pagar si se aprueba en el Congreso?

María Vázquez Falcó
mariafalco.bsas@gmail.com

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El ministro de Economía, Luis Caputo, adelantó que buscarán dar marcha atrás con la reforma tributaria del Impuesto a las Ganancias impulsada por Sergio Massa y que fue aprobada por el Congreso en octubre. Esta última modificación había eximido a alrededor de 800 mil contribuyentes del tributo ya que el piso había pasado a ser de 15 salarios mínimos. La medida fue aprobada con 38 votos a favor y 27 en contra en el Senado y previamente había pasado por la Cámara de Diputados donde había obtenido 135 votos favorables, entre ellos el del presidente Javier Milei. El gobierno justifica una marcha atrás escudándose en que es un impuesto coparticipable y que el objetivo de salir del déficit fiscal lo más rápido posible. Además, la decisión llegó a partir de un fuerte reclamo de las provincias por la pérdida de fondos que provocó el cambio tributario. Según está previsto, la reforma de la ley incluiría versiones anteriores de la ley y de varias cláusulas sobre deducciones y beneficios, también una reducción para 2024, por única vez, del 26% de los montos para la aplicación de la escala vigente. La ley anterior a la modificación realizada por Massa y aprobada por ambas Cámaras, indicaba que los trabajadores con salarios brutos (antes de descuentos por jubilación) de $700.875 en adelante, debían pagar el impuesto. Mientras más alto el salario, mayor sería la cantidad de dinero a abonar. En septiembre, el ex ministro de Economía, Sergio Massa, elevó el mínimo no imponible a $1.770.000 brutos mensuales, un valor equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). De esa forma, los trabajadores que ganaban, $800.000 al mes, pasaron automáticamente a dejar de estar alcanzados por la obligación tributaria. El contador especialista en impuestos, Sebastian Dominguez, detalló en declaraciones públicas que "en su momento dejaron de pagar cerca de 800.000 contribuyentes pero como los sueldos suelen ajustarse más que el Ripte, es probable que ahora se sumen más de 1 millón". Y agregó que "por lo pronto entrarían todos los que dejaron de tributar más los que queden arriba del $1 millón brutos. Si se aprueba lo que circuló el Poder Ejecutivo va a poder ajustar discrecionalmente a que eleven el piso por el cual se paga Ganancias. No es una buena reforma volver a ese esquema". El gobierno actual estableció que los trabajadores/as registrados que comenzarán a pagar el Impuesto a las Ganancias en el 2024 serán los que cobren salarios de $976.516 brutos mensuales. En tanto los que estén por encima de esa cifra tendrán que tributar sobre el excedente del Mínimo No Imponible (MNI) que se fija en $634.371 para los asalariados solteros y $839.180 para los casados con 2 hijos. En tanto, trabajadores/as autónomos no pagarán Ganancias hasta $435.097 mensuales (solteros sin hijos) y hasta $605.088 (casados con 2 hijos). Teniendo en cuenta la vuelta de este impuesto los asalariados perderán 20% de su salario, sin contar la pérdida de poder adquisitivo por causa de la inflación y de la devaluación que lleva adelante el ministro de Economía, Luis Caputo. Detalles del nuevo proyecto El contenido de los artículos del proyecto del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, define: Artículos 1 y 7: derogan la ley que estableció un piso de 15 salarios mínimos vitales y móviles y modificó la naturaleza del Impuesto a las Ganancias al convertirlo en un impuesto cedular (sin deducciones) a los Altos Ingresos. Artículos 2, 3 y 4: restablecen las normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias anteriores a la derogación de diciembre pasado respecto de cómo tratar los plazos fijos, las criptomonedas y otras inversiones, así como los contratos de derivados. Artículos 5 y 8: terminan con el sistema de deducciones especiales para fijar el mínimo del Impuesto a las Ganancias, tal como se hizo durante la gestión de Sergio Massa, y también retrotrae la exención en el aguinaldo. De este modo, el nuevo piso de Impuesto a las Ganancias de 2024, para trabajadores/as en relación de dependencia y jubilados/as, surgirá de la suma del mínimo no imponible (será $90.780,71 en enero), más la suma de 3,8 veces esa misma cifra, según NA. Artículos 6 y 10: fijan la tabla de alícuotas para personas humanas en la misma que está vigente y afirma que, a partir de 2024, se actualizará por RIPTE, de octubre a octubre. Por única vez, para el año fiscal 2024, a los montos previstos en la escala se le deberá detraer el 26%, previo a la aplicación de la alícuota del Impuesto a las Ganancias correspondiente. Artículos 11 y 12: para 2023, los trabajadores/as en relación de dependencia y jubilados/as se regirán por las normas vigentes por iniciativa del ex ministro Massa. Artículo 13: faculta al Poder Ejecutivo para elevar los pisos de la escala progresiva del Impuesto a las Ganancias y las deducciones. La vigencia de la norma será desde la publicación en el Boletín Oficial. No obstante el trámite de derogación de esta ley no parece sencillo para el Gobierno nacional, teniendo en cuenta la escasa representación parlamentaria que posee, aunque podrá contar con el apoyo de los legisladores de provincias del interior (en representación de los gobernadores que pidieron la vuelta de este impuesto).


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