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POLITICA

21 - Dec -2023 - 14:41

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA EL DNU DE MILEI Y CUÁNTO TIEMPO HAY PARA SU TRATAMIENTO EN EL CONGRESO?

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA EL DNU DE MILEI Y CUÁNTO TIEMPO HAY PARA SU TRATAMIENTO EN EL CONGRESO?

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En el día de ayer miércoles y por cadena nacional, el presidente libertario Javier Milei informó sobre el "super" DNU que contiene más de 300 artículos de desregulación de la economía, las instituciones y hasta la propia Constitución Nacional, auque sea de manera encubierta. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) promulgado hoy jueves en el Boletín Oficial no tiene especificación de fecha de entrada en vigencia. Según establece el Código Civil y Comercial, la normativa comenzará a regir automáticamente dentro de 8 días —el 29 de diciembre—. No obstante, el Milei que acostumbra a hacer y deshacer a su antojo, afirmó esta mañana que "ya está vigente". Desde su publicación, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, tiene un plazo de 10 días para enviarlo a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación, este cuerpo tiene otro plazo de 10 días hábiles —desde que lo recibe— para emitir un dictamen respecto a la validez o invalidez del decreto y enviarlo al Senado y a la Cámara de Diputados para que se trate en el recinto. Si la comisión no lo hace en el plazo establecido, ambas cámaras deben tratar el tema de oficio. Por lo que, en el más dilatado de los casos, la validez del DNU se definiría a más tardar el 15 de enero de 2024, aunque también podría ocurrir antes si los distintos actores involucrados cumplen sus compromisos institucionales antes de que finalicen los plazos establecidos. En relación al uso de "Decreto de Necesidad y Urgencia", la Constitución Nacional solo habilita el uso en "circunstancias excepcionales" donde el Congreso estaría impedido de continuar con sus "trámites ordinarios" para la sanción de leyes. Además, se prohibe su uso en materia penal, tributaria, electoral y de régimen de partidos políticos. Ambas cámaras solo pueden validar o invalidar el decreto a partir del voto por mayoría absoluta, es decir la mitad más uno de los presentes, obviamente luego de obtener el quórum necesario para sesionar. Además, no están habilitadas para introducir enmiendas, modificaciones o agregados al documento. Está previsto que si ninguna cámara decide tratarlo o si el documento es aprobado por una de ellas y rechazado por la otra, el DNU continúa vigente. En cambio, para que el decreto pierda vigencia, debe ser rechazado por ambas cámaras. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez confirmó a los medios que "como el DNU no lo aclara, se aplica el artículo 5 del Código Civil y Comercial donde se establece que las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen". Por lo tanto, como el DNU titulado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina" no pone fecha, el documento y todo su contenido entrará en vigor recién el viernes 29 del corriente.


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